Abogados de Desalojo en los Angeles
(213) 531-9875 Buscas Abogados de Desalojo en los Angeles?. Si tiene problemas y busca defensa ante un desalojo en los Angeles Llámenos y defenderemos su caso en la corte para resolverlo, Nosotros contamos con Abogados de desalojo.
Defendemos los derechos ante casos de desalojo en los Angeles california, La unica autoridad que lo puede desalojar es un Juez de desalojo, no el Landlord. (213) 531-9875
Testimonios de Nuestros Clientes :
Debe estar Muy Atento y busca Abogados de desalojo en los Angeles:
Actúe inmediatamente con abogados de desalojo en los Angeles si tiene una notificación de desalojo o si el propietario quiere desalojarlo , por que si no responde, el Landlord entrara en DEFAULT JUDGMENT y eventualmente el SHERIFF vendrá a cerrar su puerta y usted no podrá sacar sus cosas.
Recuerda que después de recibir la demanda de desalojo, tienes solo 5 días para responder.
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Tienes una Demanda de Desalojo?
Nosostros disponemos de Abogado de Desalojo en los Angeles Para ayudarlo
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Estamos ubicados en la 2132 West Temple St., Los Ángeles, California 90026 y las calles que cruzan el pueblo Alvarado y Temple St. A un lado del 101 FREEWAY.
Dirección:
2132 West Temple St., Los Ángeles, California 90026
Teléfono:
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Cuente con nuestra experiencia ,nuestros ABOGADOS DE DESALOJO EN LOS ANGELES , Aquí contamos con profesionales para casos de defensa de desalojo en los Angeles y conocen muy bien los derechos de un arrendatario. Ademas brindamos en las consultas ayuda legal gratis para casos de defensa de desalojo en los angeles . Si usted no conoce los derechos de inquilinos en california comuníquese con nosotros y le ayudaremos a solucionar o disponer de un abogado de inquilinos,las normas y leyes brindan protección al inquilino.
Los inquilinos (Llamado los arrendadores) tienen derechos legales. Usted tiene estos derechos legales luego de llegar a un acuerdo de inquilinato ya se por escrito o no . también usted goza de estos derechos de un inquilino aunque:
- No cuente con un contrato de alquiler por escrito.
- Renuncie a sus derechos por medio de un documento escrito.
- El propietario sepa que usted a renuciado a los mismos.
El dueño no puede realizar ninguna de esas acciones .Es totalmente ilegal que el dueño realice un desalojo de manera forzosa o a la fuerza . El dueño debe disponer de una orden de la corte antes de proceder a realizar cualquier tipo de desalojo. Si el dueño trata de desalojarle de manera irregular cortando los servicios como agua, luz, entradas el esta violando la ley y si usted realiza una demanda y lo lleva a corte solicitando ayuda de manera rápida e inmediata la corte esta en la facultad de parar el desalojo y pedirle al dueño que pague por el valor de las perdidas además de los gastos que ocasiona en la corte si usted tiene un abogado de inquilinos y gana el caso el dueño también podría pagar los honorarios realizados por el abogado.
El desalojo dependerá si usted dispone de un contrato por escrito o es un inquilino voluntario Si cuenta con un contrato de arriendo por escrito ,el propietario probablemente debe tener una razón por la cual desea desalojarlo . Esto también es aplicada si usted tiene una vivienda subsidiada o si es el propietario de una tráiler en alguna colonia de casas móviles . Si usted es aquel inquilino voluntario y no cuenta con un contrato de alquiler o arriendo por escrito ,el dueño podría desalojarlo sin dar ninguna razón . Sin embargo el tiene que brindarle un plazo anticipado de 30 días .
Efectivamente sí. El dueño le brindara una notificación dependiendo del tipo de contrato que tenga si es un contrato por escrito(lease) o es inquilino a voluntad. Si tiene un contrato por (lease) escrito: Si no cumple con las obligaciones principales del contrato el dueño puede desalojarle por “violación material” del contrato. Esto refiere especialmente el pago por alquiler, incomodar a otros inquilinos del lugar , por tanto usted no debe causar daños graves al inmueble , o violar cualquier otra cláusula “material” del contrato. Revise su contrato para que usted este atento sepa con exactitud cuales son sus obligaciones. Usted cuenta con todos los derechos si el dueño viola materialmente el contrato. Si usted comete alguna falta al contrato o a “violado materialmente” la misma, el dueño le puede brindarle un aviso de desalojo con días de anticipación . El aviso tiene que comunicarle que usted tiene su derecho de refutar o impugnar el desalojo en la corte.
- 1. Cumplir con todos los acuerdos de alquiler de vivienda y contra los siniestros que se puedan presentar.
- 2. Mantener el lugar del apartamento lo más aseado, limpio y seguro lo mejor posible, incluyendo todos los servicios que brinda el arrendador.
- 3. Dejar y/o Poner la basura en los recipientes adecuados que le brinda el arrendador y/o que le brinda el propietario.
- 4. Disponer todos los servicios del lugar (como caminos, patios, ascensor, el lugar lavandería, calefacción entre otros ) en forma responsable .
- 5. No Malograr, o destrozar un bien que es de la vivienda , ni dejar que otras personas dale las mismas si alguna de estas cosas sufre algún tipo de daño por un familiar, amigo, pareja, etc usted es en el deber de pagar al dueño por los daños ocasionados.
- 6. Mantener la tranquilidad y no perturbar a sus vecinos con fiestas ,músicas en alto volumen desordenes o actos que incomoden a los demás inquilinos y al dueño , ni permitir que ninguno persona que su invitados lo haga.
- 7. Ser obediente a los reglamentos del arrendador siempre que se encuentre en un ámbito razonable y que se dirija a todos los inquilinos de igual manera y que todos son concientes de todos estos lineamientos.
- 8. Mantener el pago de alquiler lo mas puntual posible, incluso si su el lugar donde resida necesita reparaciones y o algunas mejoras , a menos que la corte le diga lo contrario.
- 9. Permitir que el dueño ingrese en su apartamento y/o vivienda , si lo requiere las circunstancias.
- Cumplir con todas las conciencias de sanidad y gravedad para que el inmueble, los estudios y as áreas comunes sean seguras. Las áreas comunes son, por ejemplo, el recorrido de ataque, el patio, los atrios y las exposiciones de lavandería.
- Hacer todas las enmiendas necesarias para que su alojamiento sea adecuado para que pueda residir con tranquilidad.
- Mantener los electrodomésticos y conecciones eléctricas, gasfitería, plomería, calefacción, ventilación, y los demás servicios sumnistrados por el propietario en buen funcionamiento para su tranquilidad.
- Brindar recipientes para depositar la basura y encargarse de que se los lleven los encargados de la limpieza publica.
- Brindar calefacción, agua fría y agua caliente. (El arrendador puede exigirle a usted que pague el gas, combustible, electricidad y agua.)
Si el dueño no hace una o más de estas cosas, usted tiene el derecho de presentar una queja a la delegación de cumplimiento del reglamento de alquileres de su municipalidad. Si el dueño no hace las rectificaciones posteriormente de haber expuesto su inquietud, puede demandarlo, pagarle el arriendo a la asedio y pedirle un reembolso a la retiro.
Las reglas para los inquilinos deben ser las mismas un propietario no le puede alquilar un departamento o vivienda si usted no demuestra las posibilidades nescesarias para pagar el alquiler o anteriormente lo desalojaron por ocasionar perjuicios o no cumplir con el pago de alquiler o si incumplío algunas clausulas del reglamento de la vivienda o no aceptan mascotas ( amenos que usted este discapacitado y nescesite de la guía de un animal o mascota .Un propietario puede pedirle referencias y que le brinde un deposito de garantía o rentas adelantadas ademas de poder someter a una averiguación de antescedentes policiales y penales .
Por qué Representamos con nuestros Abogados de Desalojo a los inquilinos especialmente?
Los problemas de vivienda y las condiciones que se establecen son un gran problema en los Ángeles y en todo el estado de california a ello se suma el desconocimiento de un inquilino; por esa razón nos enfocamos en los inquilinos ya que nos comprometemos con ellos para hacer valer sus derechos como inquilinos. Nuestro equipo brinda un amplio asesoramiento para la solución a los inconvenientes que se presenta a las personas y familias que están siendo desalojados o están en proceso de desalojo si usted se encuentra en esta situación se elabora un contrato de arrendamiento o alquiler de acuerdo con las leyes de california ; el hecho que algo no esté acordado no debería ser motivo de desalojarlo .Muchas disputas entre las partes dueños e inquilinos por depósitos de seguridad terminan siendo retenidos ilegalmente o los inquilinos son desalojados . A todo esto, junto con nuestro equipo lo ayudamos a resolver los inconvenientes que se presentan y si no fuera eso el caso podemos solucionar el caso.
ASISTENCIA A LOS INQUILINOS
Defensa ante Desalojos:
Si en algún momento el dueño de la propiedad le hace llegar un documento o notificación dejar ciertos hábitos como fumar ,etc o alguna acción para desalojarlo o peor trata de hacerlo detener ilegalmente busque urgentemente ayuda para hacer valer su derechos .
Presentaciones para los Derechos del Inquilino:
Presentaciones de inquilinos se ofrecen a grupos de arrendatarios las personas de algunas organizaciones sin ánimo de beneficio y lucro y demás grupos de comunidades programan una presentación de forma gratuita en favor de los derechos del inquilino sobre los servicios de asistencia legal para la ordenanza de estabilidad sobre un alquiler , ante los propietarios y sus responsabilidades como tal ,responsabilidades y derechos de un inquilino. Se debe presentar una queja ante las organizaciones de gobierno , anteponiendo los peligros del plomo ,plagas entre otros Comuníquese con nosotros para ayudarlos.
Viviendas que están en Malas Condiciones:
Si usted como inquilino se encuentra viviendo en una propiedad la cual cuenta con varias unidades o espacios en condiciones inferiores ,por ejemplo plagas ,ratas, cucarachas, chinches paredes y techos por favor llámenos usted no debería vivir en esas condiciones.
Programa para Remediación de Plomo:
Si usted junto con su familia están viviendo en una propiedad que fue construida antes de 1978 en la cual la pintura está deteriorada se descarapela y tiene niños menores de 6 años de edad , usted califica para recibir servicios y atención gratis para que se disminuye el plomo en la vivienda.